Por lo tanto puede plantearse el interrogante de qué ocurre a la hora de aprobar dicho Convenio. ¿Podría negarse el Notario a firmarlo?
En principio esto sólo puede hacerse si el Notario considera que el Convenio daña gravemente los intereses de una de las partes o si incumpliera manifiestamente la Ley. Fuera de estos casos debe aprobarlo. Tengamos en cuenta que en la redacción de este documento interviene un abogado, por lo que los cónyuges se encuentran debidamente asesorados y representados.
Es por ese motivo que aunque el divorcio sea calificado como ante Notario, el papel del abogado sigue siendo fundamental.
Recomendamos además que dicho abogado se encuentre especializado en la materia.
Recuerde que para poder llevar a cabo el divorcio de manera notarial se exige que exista acuerdo entre los cónyuges, y que no haya hijos menores de edad o con capacidad modificada judicialmente.
Nuestro Despacho en Lleida puede ayudarle a resolver sus dudas legales en su proceso de separación o divorcio.
Si necesita más información le invitamos a contactar con nosotros. Estudiaremos su caso de forma personalizada.